28 Sep Juez ordena descongelar cuentas bancarias a Rafael Márquez. PGR no acredita vínculos con crimen organizado.
Gran golpe del equipo legal de Rafael Márquez contra la PGR.
Aquí las 2 resoluciones a favor del jugador mexicano.
Además de acceder a su dinero, de inmediato podrá realizar actos administrativos y de cobranza.
Aunque la resolución jurídica se dio a conocer hoy jueves a través de notificaciones o listados en los tribunales, fue ayer miércoles cuando el Juzgado Octavo de Distrito de Amparo en Materia Penal en la Ciudad de México, otorgó “suspensión provisional” en 2 de los juicios de Amparo que promueven los abogados de Márquez. Con ésto, el famoso jugador mexicano podrá acceder íntegra y totalmente a las cuentas de dos de sus empresas, que el Departamento del Tesoro de Estados Unidos vinculó en agosto pasado con el narcotráfico y lavado de dinero.
Las empresas son:
- Pro Sport S.A. de C.V.
- Grupo terapéutico Hormaral S.A. de C.V.
Por supuesto, la PGR tiene legalmente el derecho de interponer un recurso inconformándose, pero en tanto, Márquez ya debe tener acceso libremente a ellas, porque la resolución del juez de Distrito ‘surte efectos plenos’, como decimos en términos legales.
Pero… ¿qué significa “suspensión provisional”? Bueno, pues para fines prácticos informativos, que en tanto no se resuelva el fondo del Amparo, es decir, en tanto no se dicte una sentencia definitiva (porque la “suspensión provisional” es sólo una etapa del juicio de Amparo), la PGR debe dejar de hacer lo que estaba causándole a Márquez una violación a sus derechos humanos o garantías individuales, dado que hasta este momento, no ha acreditado que sus empresas estén vinculadas con el narcotráfico, y por ende, con lavado de dinero.
Sí, es un descongelamiento temporal, porque aún falta por conocerse la resolución final y saber si la “suspensión provisional” se convertirá en una “suspensión definitiva”, confirmándose lo que ahora sabemos.
Pero de momento es un gran logro de la defensa legal de Márquez y un gran golpe para la PGR.